¿Qué es el auxilio por defunción?
El auxilio por defunción es una prestación económica para ayudar a cubrir los gastos derivados del sepelio (servicios funerarios, velatorio, ataúd o urna, entierro o cremación, etc). Se trata de una ayuda económica poco conocida, posiblemente debido a su escasa cuantía. Por esta razón, en nuestro artículo de hoy vamos a explicarte en qué consiste el auxilio por defunción, quiénes pueden solicitarlo, qué documentación es necesaria y, por supuesto, cuál es la cuantía de esta ayuda.
¿Quiénes pueden solicitar el auxilio por defunción?
El artículo 218 del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social establece quiénes podrán ser los beneficiarios de esta prestación económica. En concreto, podrán ser beneficiarios quienes hayan soportado o satisfecho los gastos del sepelio en el siguiente orden:
- Cónyuge sobreviviente.
- Sobreviviente de una pareja de hecho.
- Hijos.
- Parientes que hubieran convivido de forma habitual con el fallecido.
Requisitos para solicitarlo
Al igual que cualquier otra prestación o ayuda, se deben cumplir una serie de requisitos para poder ser beneficiario. En este caso, el fallecido debe encontrarse en la fecha de fallecimiento en alguna de las siguientes situaciones:
- Alta o situación asimilada al alta en la Seguridad Social.
- Recibir una pensión de jubilación o de incapacidad permanente de nivel contributivo.
Por el contrario, no se tendrá derecho a esta prestación:
- Cuando la persona fallecida estuviera en situación de no alta en la fecha del fallecimiento.
- Los trabajadores desaparecidos y dados por fallecidos.
- Cuando se trate de pensionistas del Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez (SOVI).
Documentación para solicitar el auxilio por defunción
Para solicitar el auxilio por defunción habrá que presentar y acompañar una serie de documentos. Las solicitudes se podrán presentar de forma telemática o presencialmente en el Centro de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS) previa cita.
La documentación que habrá que presentar es la siguiente (original y copia):
- D.N.I o N.I.E del solicitante.
- Certificado del Acta de defunción del fallecido.
- Libro de Familia.
- Certificado del Ayuntamiento que acredite la convivencia habitual con el fallecido, en su caso.
- Documento que acredite haber satisfecho los gastos del sepelio (para el caso de que no exista parentesco ni convivencia entre el solicitante y el fallecido).

¿En qué consiste el auxilio por defunción?
Cuantía del auxilio por defunción y plazo para solicitarlo
La cuantía de la prestación es de 46,50€ que se abonará en un único pago en la cuenta bancaria del beneficiario. Como se puede apreciar, se trata de una cuantía pequeñísima si tenemos en cuenta el coste elevado que supone cubrir los gastos de un sepelio. Pero no por ello debemos dejar de solicitarlo, es una ayuda a la que tenemos derecho y, por muy pequeña que sea, somos beneficiarios de ella si concurren los requisitos que hemos mencionado anteriormente.
En cuanto al plazo para solicitar el auxilio por defunción, disponemos de 5 años desde el fallecimiento. El plazo máximo para su resolución es de 90 días, aunque normalmente se resuelve en un plazo muy inferior (aproximadamente en unas dos semanas).Es decir, para saber si seremos beneficiarios de esta ayuda no habrá que esperar mucho tiempo.
Lo más común es solicitar el auxilio por defunción en el mismo formulario y al mismo tiempo que se solicita por ejemplo, la pensión de viudedad, orfandad o en favor de familiares.

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